Ha pasado más de un mes ya desde que Estados Unidos y Colombia introdujeron lo que llamaron “nota interpretativa” del capítulo 10 del Tratado de Libre Comercio vigente entre ambas naciones desde el 2012.
Es tal vez lo más cercano a una modificación que se ha hecho al pacto que firmaron ambas naciones. Llamó la atención que se hubiera informado de su protocolización antes de la posesión del presidente Donald Trump, el pasado 20 de enero.
Lo que hicieron ambos gobiernos no es de una importancia menor.
Se trata del capítulo que rige, para el caso colombiano, el régimen del mayor inversionista extranjero (con casi un 30% de los flujos anuales), que genera centenares de miles de trabajos y que ha sido fundamental para la estabilidad económica del país.
Pero, a juzgar por las quejas despertadas, a los cambios les faltó transparencia para ser informados y democracia para haber sido considerados y aprobados por parte de los Congresos de ambas naciones.
Veamos: la nota, informada al público el pasado 16 de enero cuando ya estaba protocolizada, señala la que las administraciones Biden y Petro consideraron “aclaración correcta” que debe hacerse a esa parte del acuerdo, el cual aborda las cuestiones relacionadas con las inversiones, más detalladamente, con las disputas inversionista-Estado.
No se informó publica, amplia y suficientemente de alguna queja previa o solicitud de aclaración por parte de inversionistas o del propio gobierno a esta sección del tratado comercial colombo-americano, que hubiera merecido la pena sentarse a negociar y emitir una nota interpretativa de tan hondo calado.
Por tanto, la noticia de su formalización, firma y puesta en marcha, agarró por sorpresa a no pocos observadores y partes interesadas.
El vocero encargado para explicar lo que ambos gobiernos venían indudablemente negociando desde hace tiempo, fue el ministro de Comercio, Industria y Turismo (MinCIT), Luis Carlos Reyes, pues la representante comercial de Estados Unidos en su momento, Katherine Tai, ya estaba de salida.
Para el funcionario “esta aclaración es importante tanto para las expectativas de los inversionistas, como para los compromisos de los estados y para la resolución de controversias por parte de jueces y autoridades nacionales y árbitros internacionales”.
Un chequeo a las páginas en internet tanto del MinCIT como de la Oficina del Representante de Comercio de Estados Unidos no encontró algún rastro de que la
introducción de la nota interpretativa hubiera sido sometida a comentarios del público, tanto en Estados Unidos como en Colombia, previo a su protocolización.
Por normas de transparencia, en el caso colombiano, las instituciones encargadas de emitir actos administrativos suelen ubicar en sus sitios en internet los proyectos de normatividad de los que se desean tener comentarios del público.
Pero no hay evidencia de que se haya hecho lo mismo con la nota interpretativa.
Tan es así que, tras haber sido publicada la noticia de los cambios al tratado comercial, la Cámara de Comercio Colombo-Americana (Amcham Colombia), que representa los intereses de las empresas estadounidenses en el país, puso el grito en el cielo.
En un comunicado identificó preocupantes cambios que ambos gobiernos pudieron haber introducido al TLC, que no cumplieron con los mínimos requisitos de transparencia y democracia.
Para la AmCham, los cambios restringen el acceso al arbitraje internacional; eliminan expectativas legítimas como criterio de trato justo y equitativo; y modifican la protección frente a regulaciones ambientales sin compensación. De la misma forma, hubo una ausencia absoluta de consulta y aprobación del Congreso.
“Estos cambios no fueron sometidos a consideración de los Congresos, ni en el caso de Colombia, al control constitucional, lo que viola la sentencia C-252 de 2019”, agregó la AmCham.
Dicha sentencia es clara en advertir que las modificaciones a los acuerdos internacionales deben responder a los principios de participación del Congreso; respeto a los derechos fundamentales; consulta a las partes interesadas y estar conforme al bloque de constitucionalidad.
La agremiación no se va con rodeos sobre el impacto para Colombia de lo que hicieron ambos gobiernos: para empezar, habrá una mayor incertidumbre para inversionistas extranjeros, quienes pueden percibir una disminución en la seguridad jurídica de sus intereses.
De la misma forma, las decisiones judiciales y tutelas relacionadas con inversiones ya no podrían ser impugnadas en tribunales internacionales, salvo en casos extremos; y puede haber una afectación a la llegada de inversión extranjera, en un momento en el que el país necesita recursos para impulsar el crecimiento, generar empleo formal y aumentar ingresos para los colombianos.
¿Por qué no hubo información amplia y suficiente previa a la protocolización de la nota interpretativa? Es tal vez una pregunta que será difícil de resolver con un nuevo gobierno norteamericano, al que no le interesará averiguar las acciones tomadas por
su antecesor, y al colombiano, caracterizado por la opacidad en casi todas sus decisiones.
Las cifras que se publicarán en los próximos meses, dirán si las decisiones estuvieron bien enfocadas.